CARTA DE DERECHOS DEL CIUDADANO
El ciudadano tiene derecho a:
1. Ser atendido de forma oral (ya sea personalmente o por teléfono) en el horario de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., en los días de lunes a viernes, excepto festivos.
2. Ser atendido por escrito a la mayor brevedad posible, tanto mediante un documento en papel, el correo electrónico, el fax o el contacto a través del sitio web de la institución.
3. Consultar el sitio web de la institución en https://www.mined.gob.sv; donde encontrará información relacionada con los servicios y actividades de la misma.
El ciudadano tiene derecho a:
4. Recibir un trato amable y respetuoso del personal de la institución, con consideración hacia sus intereses e inquietudes y adaptación a sus circunstancias psicológicas, sociales y culturales
5. Ser atendido en igualdad de condiciones y sin discriminación alguna por razones de sexo, lengua, religión, condición social, nacionalidad, origen, opinión, etc.
6. Conocer el nombre, cargo, número telefónico de la oficina y correo electrónico de las autoridades o funcionarios que lo atienden.
7. Exigir la máxima puntualidad en las actuaciones de la institución en las que resulte necesaria su comparecencia.
Derecho a obtener información.
El ciudadano tiene derecho a:
8. Obtener toda la información de carácter general que requiera, de forma veraz, eficaz, suficiente, transparente y actualizada; siempre que su revelación no sea contraria a las disposiciones legales vigentes.
9. Recibir indicaciones precisas sobre el trámite a realizar y su duración; así como de los aranceles respectivos a cancelar y la ayuda necesaria para el llenado de los distintos formularios utilizados en los trámites respectivos.
10. Disponer de forma gratuita de los formatos y formularios utilizados para realizar cualquier gestión, ya sea de forma personal, por correo electrónico o vía fax.
11. Que la información oral o escrita que reciba de la institución utilice un lenguaje comprensible, empleando una sintaxis, estructura y vocabulario sencillos, sin perjuicio de su rigor técnico.
El ciudadano tiene derecho a:
12. La atención de su solicitud en el orden de llegada o presentación.
13. Una tramitación ágil de los asuntos que le afecten, que deberán resolverse en los tiempos establecidos para cada diligencia, y a conocer, en su caso, el motivo concreto del retraso.
14. Conocer en cualquier momento el estado del trámite de su solicitud.
15. La máxima privacidad, seguridad y confidencialidad de su información personal tanto antes, durante y después del trámite como en cualquier comunicación que establezca con la institución.
Derecho a exigir el cumplimiento de sus derechos.
El ciudadano tiene derecho a:
16. Recibir, cuando no se encuentre satisfecho con los servicios ofrecidos, explicaciones detalladas y la atención y resolución inmediata de su queja.
17. Formular reclamaciones, denuncias y sugerencias relativas al incorrecto funcionamiento de la institución o a la inadecuada tramitación de su solicitud, así como a recibir respuesta a las mismas a la mayor brevedad posible.
18. Ejercer y exigir plenamente los derechos reconocidos en esta Carta y los que le otorga la ley, aunque esté afectado por cualquier tipo de discapacidad sensorial, física o psíquica.