La Evaluación de Competencias Académicas y Pedagógicas ordinaria (ECAP) fue realizada por 743 estudiantes de las carreras de profesorados, el pasado sábado 25 de enero. La ECAP busca indagar las competencias académicas y pedagógicas desarrolladas por los estudiantes de las carreras de profesorado durante su proceso de formación en las Instituciones de Educación Superior (IES) y la realización de la práctica docente en los centros educativos de El Salvador.
La prueba se desarrolló en cuatro sedes a nivel nacional: 263 estudiantes de zona oriental, 53 en la paracentral, 261 en la zona central y 66 en la zona occidental.
La ECAP está conformada por 100 ítems y evalúa competencias de la formación general (pedagógica: 40%) y del área de la especialidad (académica: 60%). La calificación final de la ECAP considera un 30% para el CUM (debe ser 7.0 como mínimo) y un 70% para el resultado de la prueba, y constituye uno de los requisitos para egresar de las carreas de profesorado.
Según Guillermo Cortez, del Departamento de Formación Docente e Inicial de Educación Superior, «esta prueba es un proceso evaluativo muy importante porque no permite establecer las competencias académicas y pedagógicas con que egresan los estudiantes para que, cuando sean absorbidos por el sistema, ellos puedan ejercer una labor docente con calidad y con efectividad».
Esta evaluación se aplica de forma ordinaria en enero y, de manera extraordinaria, en junio de cada año. Se puede participar en esta un máximo de cuatro veces, tres financiadas por el Ministerio de Educación (MINED), y la cuarta pagada por el interesado; asimismo, deberá ser aprobada en un periodo máximo de dos años, después de haber concluido satisfactoriamente el plan de estudio para poder egresar de dicha carrera.
«Los resultados de la prueba estarán siendo entregados en un mes, en las diferentes universidades formadoras de maestros, y ellos la harán llegar a sus estudiantes en las diferentes especialidades y, si no alcanzan un resultado positivo, ellos tienen otra oportunidad en el mes de junio», expresó Cortez.
Dicha prueba tiene sustento legal en el Acuerdo Ejecutivo N° 15-1913 de fecha 01 de noviembre de 2000, publicado en el Diario Oficial N° 47, Tomo N° 350 de fecha 6 de marzo de 2001.